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Formación-Ministerios

"Así también vosotros, consideraos muertos para el pecado, pero vivos para Dios en Cristo Jesús" (Rm 6,11).

 

Los ministerios son oficios instituidos oficialmente por la Iglesia y conferidos por ella, mediante un rito litúrgico especial que comporta una bendición del Obispo, para ejercerlos en nombre de la Iglesia, con carácter de estabilidad y permanencia. Actualmente en la Iglesia latina, hay dos ministerios no ordenados e instituidos con este sentido: el “lectorado” y el “acolitado”. Aunque sean ministerios laicales, deben ser recibidos por los candidatos a la Orden sagrada del diaconado, permanente o transitorio, y del presbiterado.

El Lector es instituido propiamente para el oficio de leer la Palabra de Dios en la asamblea litúrgica. Por lo tanto en la Eucaristía y en las demás acciones sagradas le compete a él proclamar las lecturas de la Sagrada Escritura (no el evangelio); si falta el salmista, recita el salmo interleccional; enuncia las intenciones de la oración universal de los fieles, cuando no haya diacono o cantor; dirige el canto y la participación de los fieles; instruye a los fieles en la recepción digna de los sacramentos. Cuidará la preparación de otros fieles que por encargo eventual tengan que leer la Sagrada Escritura en la liturgia.

El Acólito queda instituido para ayudar al diácono y prestar su servicio al sacerdote. Es propio del Acolito cuidar el servicio del Altar, asistir al diacono y al sacerdote en las funciones litúrgicas, principalmente en la celebración de la Eucaristía; además distribuir, como ministro extraordinario, la Sagrada Comunión. En circunstancias especiales se le podrá encargar que exponga públicamente a la adoración de los fieles el Sacramento de la Sagrada Eucaristía y hacer después la reserva. Podrá también cuidar de la instrucción de los fieles que ayudan en los actos litúrgicos.

 

MINISTERIOS 2006